Para que las presunciones puedan hacer prueba, se requiere la existencia de un hecho debidamente comprobado, del cual pueda inferirse otro, que es el que trata de demostrarse.
Amparo administrativo en revisión 3618/36. Lara Gustavo y coag. 23 de enero de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.