Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 333220
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 26/01/1937 00:00
OPOSICION, CASOS EN QUE NO PROCEDE (SOCIEDADES EN COMANDITA).

No puede decirse que una persona sea considerada extraña a un cobro fiscal, si como socio comanditado de la sociedad deudora, su responsabilidad es ilimitada y solidaria con ella, aunque en forma subsidiaria, en los términos del artículo 51 de la Ley de Sociedades Mercantiles y, por tanto, no puede ejercer los derechos que le concede el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Tesorería de la Federación, ni está comprendido en el artículo 32 reformado.

Amparo administrativo en revisión 6830/36. Berganza Ambrosio. 26 de enero de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.