Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 26/01/1937
Tesis
Registro digital: 333224
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 26/01/1937 00:00
MILITARES, DERECHO A LAS PENSIONES DE LOS.

El espíritu del artículo 6o. de la ley de pensiones de veintinueve de mayo de mil ochocientos noventa y cuatro, es conceder el derecho de pensión por el orden que menciona; pero no por el hecho de que fallezca la esposa con hijos, éstos deben perder el derecho a la pensión, porque se entiende que en el caso de que fallezca la madre, la pensión se menguaría, pero no desaparecería, ya que, de lo contrario se podría afirmar que por el hecho de que la viuda pasara a segundas nupcias y a ella se le hubiera concedido la patente de pensión por la prelación que le corresponde, los hijos no podrían reclamar su derecho.

Amparo administrativo en revisión 5052/35. Gálvez Pacheco Estrella. 26 de enero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro José María Truchuelo no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Agustín Gómez Campos.