Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 290683 de 329170
Tesis
Registro digital: 333252
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 02/02/1937 00:00
COBROS FISCALES, PLURALIDAD DE RECURSOS CONTRA LOS.

De acuerdo con el artículo 31 de la ley para la calificación de las infracciones fiscales y penas correspondientes, el procedimiento administrativo que en ella establece, se entiende optativo para el causante, pues éste podrá ocurrir al Juzgado de Distrito para formular las reclamaciones que estime conducentes; pero una vez adoptada una de las dos vías, no puede abandonarla para seguir la otra; por tanto, el juicio de oposición promovido ante el Juzgado de Distrito, después de haber ocurrido ante el Jurado de Infracciones Fiscales y haber sido concedido por éste, es improcedente.

Amparo administrativo directo 7255/36. Robles Luis C. 2 de febrero de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.