Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 333256
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 03/02/1937 00:00
FISCO, COBROS HECHOS POR EL, POR CONTRATOS CIVILES.

Si la cantidad que exija el fisco, es la consecuencia de una obligación de carácter civil, contraída por una persona, la obligación debe hacerse efectiva mediante juicio ante las autoridades judiciales, por constituir un adeudo de carácter civil y no fiscal, y es ilegal exigirla mediante el procedimiento económico coactivo, ya que, para que fuera procedente, se necesitaría que en dicho contrato se hubiera admitido la aplicación de ese procedimiento.

Amparo administrativo en revisión 5909/36. Delgado María. 3 de febrero de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.