Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 290618 de 329136
Tesis
Registro digital: 333263
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 04/02/1937 00:00
PROPIEDAD INDUSTRIAL, FACULTADES DEL DEPARTAMENTO DE LA.

Del texto del artículo 42 de la ley de la materia, vigente, se desprende claramente que es facultad del Departamento de la Propiedad Industrial, declarar nulos los registros de las marcas, cuando sean sometidos a su consideración y lo crea conveniente; por lo que si este departamento, para resolver un asunto, pide a otro, que dictamine en relación con él, no comete violación alguna, ni perjudica con ello a quien haya intentado la nulidad de una patente, que crea invade sus derechos.

Amparo administrativo directo 6719/36. J. C. Eno Limited. 4 de febrero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. La publicación no menciona el nombre del ponente.