Las copias de oficios que no contengan resolución alguna de la autoridad responsable y que sólo sean una simple respuesta a consulta que se le haya hecho, no pueden constituir la base para un acto reclamado.
Amparo administrativo en revisión 6520/36. "Unión Alcoholera del Golfo", S. A. 12 de febrero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.