El vivir en una finca o el tener en ella un taller, no son efectos necesarios de la tenencia del predio, por lo que, con esas causas, no se puede demostrar la posesión.
Amparo administrativo en revisión 297/30. Sánchez Juan B. 13 de febrero de 1937. Mayoría de tres votos. Disidente: Agustín Gómez Campos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.