Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 333301
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 16/02/1937 00:00
PETROLEO, OBLIGACIONES DE LAS COMPAÑIAS DE.

Aun suponiendo que por la aportación hecha por alguien, a favor de una compañía petrolera , para que complete su fondo, se hubiese establecido una asociación entre ambos, por el sólo hecho de que aquella compañía se comprometió a dar un tanto por ciento del producto de la explotación, esto, que establece solamente relación jurídica, entre los asociados, no puede dispensar a dicha compañía del cumplimiento de la ley que le impone, como titular a los derechos del subsuelo, la obligación de solicitar la confirmación de los mismos, y si no lo hace en tiempo oportuno, incurre en la sanción establecida por la ley, y que consiste en darla por desistida de sus derechos con todas las consecuencias.

Amparo administrativo en revisión 619/36. Compañía Mexicana de Petróleo "Cosmos", S. A y coagraviados. 16 de febrero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Agustín Gómez Campos.