Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 333313
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 16/02/1937 00:00
TIERRAS OCIOSAS.

El Ayuntamiento que otorga en arrendamiento unas tierras ociosas por más de tres años, viola el artículo 90 de la ley respectiva, si no acredita estar en el caso de excepción que el mismo cita, para que el arrendamiento exceda del año agrícola.

Amparo administrativo en revisión 4538/36. Smith de Pratt Lule. 16 de febrero de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.