No hay precepto legal que faculte a la autoridad respectiva a fijar la fecha desde cuando deben cumplirse las obligaciones de los causantes, si ésta resulta precisada por la estricta aplicación de algún precepto legal.
Amparo administrativo directo 7483/36. Compañía de Transmisión Eléctrica de Potencia, del Estado de Hidalgo, S. A. 26 de febrero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.