Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 333358
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 12/05/1937 00:00
COOPERATIVAS, REQUISITOS PARA QUE PUEDAN FUNCIONAR.

Independientemente de que toque o no, a la Secretaría de la Economía Nacional, cumplir con las disposiciones relativas a la autorización de sociedades cooperativas, mientras éstas no estén debidamente autorizadas y registradas, no pueden funcionar legalmente y, por tanto, si no se acredita ante las autoridades de caza y pesca que se hubiere constituido una cooperativa, que con tal nombre solicite un permiso de pesca, dicha autoridad está en lo justo al negar su expedición; y no puede decirse que tal negativa tiende a establecer un monopolio, pues si la autoridad sólo se fundó en que no existía la mencionada cooperativa, acreditado este requisito no se opondrá a expedirlo.

Amparo administrativo en revisión 8056/36. Sociedad Cooperativa Mixta de Productos Marinos, S. C. L. 12 de mayo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.