Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 333483
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 26/03/1937 00:00
CONTRATOS ADMINISTRATIVOS.

Si un Ayuntamiento celebra un contrato bilateral, por la reciprocidad de derechos y obligaciones, la rescisión del mismo por aquél, habría de producir efectos contrarios a la justicia y al buena fe, porque los contratos perfectos por el mutuo consentimiento, sólo pueden ser invalidados, por el consentimiento de los mismos contratantes o por una resolución judicial que modifique, revoque o nulifique las convenciones habidas.

Amparo administrativo en revisión 6654/36. Ferrer Candelario y coags. 26 de marzo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.