La utilidad pública que funda la expropiación en el caso del artículo 90 de la Ley de Fraccionamiento de Latifundios del Estado de Tamaulipas, está determinada expresamente por el artículo 27 constitucional, como se ve de la lectura del inciso C, de la fracción XVII; así es que la legislatura de dicho Estado no hizo sino reconocer y repetir el mandato constitucional.
Amparo administrativo en revisión 5394/35. Rodríguez Bartolo, sucesión de. 30 de marzo de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.