No es necesario, para acudir al amparo, agotar el recurso establecido por la ley del acto, si ésta exige mayores requisitos para conceder la suspensión del mismo, que la de amparo.
Amparo 4666/36. Barrios Mauricio. 15 de enero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo LI, página 351. Amparo 2253/36. Velázquez de Hernández Juana. 15 de enero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo L, página 1992. Amparo administrativo en revisión 4311/36. Alvarez Larín José Luis y coagraviados. 9 de diciembre de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.