El Decreto número 228 del Estado de Yucatán, no contiene regla alguna relativa a la forma en que deba notificarse al expropiado la determinación que ordene la integración de la comisión que dicho decreto habla, así es que si se hace dicha notificación por medio del periódico oficial, no se quebranta el procedimiento legal.
Amparo administrativo en revisión 605/32. Castellanos viuda de Zapata Mercedes. 8 de diciembre de 1936. Mayoría de tres votos. Disidentes: Jesús Garza Cabello y José María Truchuelo. Excusa: Alonso Aznar Mendoza. La publicación no menciona el nombre del ponente.