Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n
Resultado 1 de 1
Mostrando solo tesis del 20/08/1159
Tesis
Registro digital: 334007
脡poca: Quinta 脡poca
Materia(s): Com煤n
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n
Publicaci贸n: 20/08/1159 00:00
AMPARO, EFECTOS DE LA SENTENCIA DE.

Si se pide amparo contra la adjudicaci贸n de un inmueble hecho a un tercero, aunque de conformidad con el art铆culo 80 de la Ley de Amparo, la ejecutoria que lo conceda, tiene por objeto restituir al agraviado en el pleno goce de la garant铆a individual violada, restableciendo las cosas al estado que guardaban antes de la violaci贸n, el efecto de dicha sentencia no puede extenderse a obligar a la autoridad responsable a que ponga en posesi贸n al quejoso del inmueble de que se trata, si antes de que se cometieran las violaciones que se reclamaron, el rematador de la finca, por cualquier t铆tulo, ya la estaba ocupando, pues no habi茅ndola pose铆do debido a la autorizaci贸n otorgada en su favor, no procede desalojarlo, en virtud de la sentencia de amparo que se concedi贸 contra la adjudicaci贸n, raz贸n por la cual, la queja que se promueva por incumplimiento de la mencionada ejecutoria, en el sentido de que no se dio la posesi贸n al quejoso, es infundada.

Queja en amparo administrativo 273/36. Azuela Mar铆a C. 20 de agosto de 1159. Unanimidad de cuatro votos. La publicaci贸n no menciona el nombre del ponente.