Debe concederse la suspensión contra la intervención de una finca rústica, en la vía economico coactiva, por tratarse de un acto de tracto sucesivo, mediante el requisito de depósito, si al suspenderse la intervención no puede precisarse si están o no garantizados los intereses fiscales.
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1377/36. Camarillo Enrique y coags. 8 de mayo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.