En las concesiones administrativas, a las que se haya dado forma contractual para garantizar el interés privado del concesionario, como esos derechos patrimoniales emanan de un acto de autoridad, para que puedan tener eficacia jurídica, es necesario que la autoridad contratante tenga facultad para crear el derecho.
Amparo administrativo en revisión 3946/35. Lapicera "Sol", S.A. 12 de mayo de 1936. Mayoría de tres votos. Disidentes: José María Truchuelo y Alonso Aznar Mendoza. Relator: Alonso Aznar Mendoza.