Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 335505
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 06/04/1935 00:00
AMPARO CONTRA UNA LEY. ACTOS FUTUROS E INCIERTOS.

Si en la demanda se señala como acto reclamado, la aplicación que se haga o pretenda hacerse de una ley, en aquellos de sus preceptos que contrarían los derechos del quejoso, y del informe correspondiente aparece que ninguno de dichos preceptos se aplica aún, claro es que, se reclaman actos futuros, para cuya existencia deberá entrar en juego la actividad encomendada a las autoridades responsables, por las leyes de sus funciones; y el amparo es improcedente porque debe recaer sobre hechos actuales y ciertos y no sobre los futuros e inciertos; y si es verdad que las leyes se hicieron para ser obedecidas, la expedición y promulgación no implica forzosamente su aplicación, por ser un acto jurídico distinto; y cuando la ley, por su sola letra, no produce alteración de derechos, es una regla genérica que a nadie afecta, mientras no se aplique a un caso concreto.

Amparo administrativo en revisión 567/33. Compañía del Ferrocarril Sud-Pacífico de México. 6 de abril de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jesús Garza Cabello. Relator: Genaro V. Vázquez.