Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 335520
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 10/04/1935 00:00
DEPOSITARIO, AMPARO PEDIDO POR EL.

Siendo las resoluciones que se dictan en los juicios de garantías, relativos sólo a individuos particulares, limitándose a ampararlos en el caso especial que motive la queja, la resolución que concede o niega el amparo al embargante de unos bienes sujetos a depósito, no prejuzga sobre la existencia o no existencia de las violaciones de garantías en que pueda fundar el depositario, el amparo que él promueva.

Amparo administrativo en revisión 318/34. Arreola Antonio. 10 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.