Si durante la tramitación de un juicio de amparo, la garantía o garantías individuales cuya violación reclama el quejoso, cambian, en virtud de una reforma constitucional, y ese cambio coincide exactamente con las exigencias de las autoridades responsables, procede sobreseer en el amparo.
Amparo administrativo en revisión 337/33. Arteaga María de los Dolores. 11 de abril de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. Relator: Genaro V. Vázquez.