Si el acto que da lugar a la ejecución que se reclama en amparo, no se encuentra debidamente fundado ni motivado, tampoco debe estimarse que lo esté la referida ejecución, y esta última implica una violación de garantías.
Amparo administrativo en revisión 8317/32. Acosta Simón. 26 de abril de 1935. Mayoría de tres votos. Disidentes: José María Truchuelo y Agustín Aguirre Garza. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Jesús Garza Cabello.