Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 335626
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 07/05/1935 00:00
BIENES MOSTRENCOS, DENUNCIA DE LOS.

Si en la demanda se reclama la negativa del Departamento Central, para mandar hacer el avalúo y las publicaciones que corresponden a la denuncia de un bien mostrenco; y se comprueba que dicha autoridad procedió a tomar los datos necesarios para saber si se trata o no de un bien mostrenco para, en caso afirmativo, proceder de acuerdo con el artículo 723 del Código Civil, claro es que la propia autoridad no se negó a ejecutar aquellos actos y que, por tanto, no se comprobó la existencia del acto reclamado, y debe sobreseerse.

Amparo administrativo en revisión 10523/32. Calderón J. Angel. 7 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.