Si en virtud de facultades extraordinarias concedidas por el Congreso de la Unión al Ejecutivo, para legislar en materia de ingresos en toda la República, el mismo expide un decreto modificando la Ley de Ingresos del Distrito Federal es claro que esa modificación constituye una ley que lo mismo rige dentro del periodo para el que le fueron concedidas dichas facultades, como dentro del periodo posterior en que las cámaras estén en sesiones.
Amparo administrativo en revisión 5064/34. Claviere V. de Zavalza J. 17 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.