Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 335841
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 09/02/1935 00:00
ACTO RECLAMADO, EJECUCION DEL.

Para los efectos de la suspensión, la ejecución del acto reclamado debe ser material y no jurídica, pues en tanto no se realice materialmente, no puede considerarse el acto como ejecutado.

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3586/33. Mexican Gulf Oil Company. 9 de febrero de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.