Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 335879
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 27/02/1935 00:00
ACTOS CONSECUENCIA DE OTROS CONSENTIDOS CONTRA LOS CUALES CABE EL AMPARO.

La orden de embargo es una consecuencia legal, dentro del procedimiento económico coactivo, de la que determinó el requerimiento de pago; pero la orden de embargo es un acto nuevo, y si contra ella se hacen valer vicios propios que no fueron materia de los recursos ordinarios promovidos contra el requerimiento de pago, la demanda de amparo no es improcedente y debe admitirse para su tramitación.

Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 6709/34. Compañía del Ferrocarril Sud Pacífico de México. 27 de febrero de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.