Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2018802
Época: Décima Época
Materia(s): Constitucional
Tesis: 1a. CCXXV/2018 (10a.)
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 07/12/2018 10:19
REPARACIÓN DE LOS DAÑOS POR VIOLENCIA INTRAFAMILIAR. DEBE SER JUSTA Y ACORDE A LA ENTIDAD DE LA AFECTACIÓN.

La reparación de los daños por violencia intrafamiliar puede demandarse como un caso de responsabilidad civil extracontractual regido por el derecho a una justa indemnización. En ese sentido la reparación económica que se alcance para subsanar los daños materiales y morales generados por la violencia doméstica debe ser justa y acorde a la entidad de la afectación.


PRIMERA SALA

Amparo directo en revisión 5490/2016. 7 de marzo de 2018. Cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, quien reservó su derecho para formular voto aclaratorio, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Norma Lucía Piña Hernández, quien votó con el sentido, pero con salvedad en las consideraciones. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretaria: Ana María Ibarra Olguín.

Esta tesis se publicó el viernes 07 de diciembre de 2018 a las 10:19 horas en el Semanario Judicial de la Federación.