Al declarar radicada en el fuero federal la jurisdicción discutida, no es oportuno juzgar sobre si, por razón del territorio corresponde a determinado Juez de Distrito conocer del juicio, ya que esta es una cuestión que debe discutirse entre tribunales del mismo fuero, o sea, entre tribunales federales.
Competencia 76/44. Suscitada entre los Jueces de Distrito en el Estado de Nuevo León y Segundo de lo Civil de esta Capital. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.