Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2018929
Época: Décima Época
Materia(s): Común
Tesis: XXI.2o.P.A.17 K (10a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 11/01/2019 10:12
AGRAVIOS INOPERANTES EN EL RECURSO DE REVISIÓN INTERPUESTO CONTRA LA INTERLOCUTORIA QUE RESUELVE SOBRE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA EN EL AMPARO. LO SON AQUELLOS QUE ADUCEN CUESTIONES RELATIVAS A LA SUSPENSIÓN DE OFICIO Y DE PLANO.

La materia del recurso de revisión interpuesto contra la sentencia que concede o niega la suspensión definitiva en el amparo, se limita a la decisión adoptada respecto de esa medida cautelar. Por otra parte, de conformidad con el artículo 126 de la Ley de Amparo, la suspensión de oficio y de plano es una medida excepcional que se decreta en el auto admisorio de la demanda. En consecuencia, si el recurso mencionado se interpone contra la interlocutoria que resuelve sobre la suspensión definitiva y en los agravios se aducen cuestiones relativas a la suspensión de oficio y de plano, éstos son inoperantes.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.

Incidente de suspensión (revisión) 559/2017. Comisariado Ejidal de Ejido Viejo y El Conchero, Municipio de Coyuca de Benítez, Guerrero. 6 de septiembre de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Bernardino Carmona León. Secretario: Vicente Iván Galeana Juárez.

Esta tesis se publicó el viernes 11 de enero de 2019 a las 10:12 horas en el Semanario Judicial de la Federación.