Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 356269
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 18/10/1938 00:00
FIANZA EN AMPARO, TERMINO PARA OTORGARLA.

La Suprema Corte ha establecido jurisprudencia en el sentido de que no es procedente que los Jueces de Distrito o, en su caso, las autoridades responsables, declaran sin efecto la suspensión o revoquen el auto en que haya sido concedida, basándose en que no ha sido otorgada la fianza dentro del término de cinco días a que se contrae dicho precepto legal, pues tratándose de las autoridades responsables, si efectivamente no se ha otorgado ente ellas la fianza respectiva, pasado el término aludido, están capacitadas legalmente para ejecutar la sentencia reclamada, y tratándose de los Jueces de Distrito, debe comunicarse a la autoridad responsable que la fianza no ha sido otorgada, para que esa autoridad, dentro de sus atribuciones, pueda, a petición de parte, ejecutar los actos reclamados. Ahora bien, si la parte quejosa ofrece la fianza dentro del término legal; y no fue otorgada dentro de ese término, porque la autoridad responsable, en lugar de prever el escrito respectivo dentro del término de veinticuatro horas que fija la parte final del artículo 173 de la Ley de Amparo, lo hizo posteriormente, dando lugar a que expirara el citado término de cinco días, ya que en la propiedad resolución se rechaza a la persona propuesta como fiadora, basándose en que, además de no haberse otorgado la fianza dentro del término legal, dicha persona no era conocida del juzgado, como esta circunstancia no contribuye motivo legal para no aceptar la fianza, ya que al querellante le asistió el derecho de acreditar la identidad del fiador, es ilegal la resolución del Juez de Distrito que manda legalmente la suspensión de la ejecución del acto reclamado.

Queja en amparo civil 469/38. García Isabel. 18 de octubre de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.