Es violatorio de garantías el embargo precautorio de bienes cuya posesión tiene una persona extraña al procedimiento penal en el que se decretó dicho embargo, con el fin de garantizar la reparación del daño, puesto que no fue oída ni vencida en juicio.
Amparo penal en revisión 3380/38. Noriega Lazo Remigio. 21 de octubre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.