Si se reclama en amparo la orden judicial para que se dé posesión de una finca urbana, y aparece que la posesión ya se dió, la suspensión, debe concederse respecto a la participación de las rentas de la finca, ya que esa participación es de tracto sucesivo y, por lo mismo, susceptible de ser suspendida en cualquier momento.
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6931/38. Cerpa viuda de Córdoba Adelaida. 9 de diciembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.