La disposición general de que el importe de las contribuciones correspondientes a los legados, y los gastos necesarios para su entrega, son a cargo del legatario, tiene como excepción, lo que en contrario disponga el testador.
Amparo civil en revisión 5022/35. Baz Jorge G. y coagraviados. 12 de abril de 1938.- Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.