Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 356734
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 21/04/1938 00:00
ALIMENTOS, SUSPENSION TRATANDOSE CUANDO EL QUEJOSO ES EXTRAÑO AL PROCEDIMIENTO.

Si se reclamara en amparo el embargo de bienes inmuebles del quejoso, extraño al procedimiento con motivo de una reclamación sobre de alimentos provisionales, la suspensión debe concederse, mediante fianza, respecto a las consecuencias inherentes al embargo, tales como la inscripción del secuestro en el Registro Público de la Propiedad y el remate del inmueble.

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 984/38. Méndez Arguete Juana. 21 de abril de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.