Si el amparo se endereza contra la sentencia interlocutoria de un Juez, que condenó al pago de pesos, la suspensión debe concederse, mediante garantía bastante para reparar el daño e indemnizar los perjuicios que puedan causarse a tercero.
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 8286/37. H. de Cornejo Rosa. 22 de abril de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.