Si se reclama en amparo la resolución de segunda instancia que condena en las costas de un juicio, la suspensión debe concederse mediante la garantía correspondiente, por tratarse de intereses controvertidos entre particulares y ser de difícil reparación los daños o perjuicios que se causen al agraviado, con la ejecución del acto.
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 8062/37. Banco de México, S. A. 22 de abril de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.