Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 12 de 14
Mostrando solo tesis del 28/04/1938
Tesis
Registro digital: 356763
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 28/04/1938 00:00
JUICIOS MERCANTILES, RECURSOS PROCEDENTES EN LOS.

Es cierto que el artículo 1051 del Código de Comercio, previene que a falta de procedimiento convencional en materia mercantil, se observarán las disposiciones de la Ley de Procedimientos local respectiva; pero tratándose de los recursos, debe distinguirse la institución de los mismos, de su reglamentación; así, instituido o establecido el recurso de apelación por el Código de Comercio, su reglamentación en todo lo no previsto en dicho código, se rige por las disposiciones del enjuiciamiento civil local; pero si el Código de Comercio no instituye recursos que existen en el Código de Procedimientos Civiles del lugar, no puede sostenerse que cabe aplicar el artículo 1051 del Código de Comercio, ya que, en tal caso, no existe omisión a este respecto, en el citado ordenamiento, sino que éste establece su sistema propio de recursos, de lo que se concluye que al admitir la aplicación supletoria del enjuiciamiento civil local en el caso, equivaldría a modificar el sistema de recursos establecido por la ley mercantil.

Amparo civil en revisión 222/37. Serrano de Rincón Eloína. 28 de abril de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.