Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 283641 de 329367
Tesis
Registro digital: 356769
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 03/05/1938 00:00
HIPOTECAS, SU REDUCCION POR DOTACIONES EJIDALES.

Aun cuando las dotaciones provisionales de ejidos, comprendieran una extensión menor que las definitivas, y éstas se hubieran dictado iniciado ya un juicio hipotecario, sus efectos deben naturalmente retrotraerse, en lo que ve a la reducción del gravamen, a la fecha de aquellas dotaciones, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 175 de la ley agraria, desde el momento en que la indemnización que sustituye el gravamen, debe calcularse necesariamente obre la base real resultante de las afectaciones respectivas.

Amparo civil directo 5646/37. Newton Federico M. 3 de mayo de 1938. Mayoría de tres votos. Disidentes: Abenamar Eboli Paniagua y Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.