Si en ejecución de sentencia se dicta resolución previniendo a la cónyuge que se incorpore al domicilio conyugal, el acto reclamado no admite más recurso que el de responsabilidad, y la suspensión debe concederse mediante fianza, por reunirse los requisitos establecidos por el artículo 124 de la Ley de Amparo.
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 434/38. Longoria de Maya Francisca. 7 de mayo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.