No es ilegal considerar que la posesión que corresponde al propietario de un inmueble, dado en arrendamiento, pueda ser invocada por aquél, en un procedimiento distinto del de tercería, cuando resulta afectada en un juicio al cual ha sido extraño, ya que aparte del procedimiento que establece el artículo 3008 del Código Civil del Distrito Federal, existe también el juicio de garantías.
Amparo civil en revisión 4638/37. Kast de Becker Albina, sucesión de. 30 de junio de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.