Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 356891
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 06/01/1938 00:00
ESTADO CIVIL, DESCONOCIMIENTO DE LAS ACTAS DE.

De acuerdo con los artículos 345 y 346, en relación con los 345, 358 y 145 del Código Civil del Distrito, expedido en 1884, las decisiones para nulificar o modificar las actas del estado civil, son de la competencia del poder judicial, y por tanto, la Secretaría de Guerra carece de facultades para dictar resolución alguna, cuyo resultado sea nulificar las actas que se le presenten para obtener un beneficio.

Amparo administrativo en revisión 5307/37. Medina Caravantes José. 6 de enero de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.