Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 356929
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 21/01/1938 00:00
PRESCRIPCION MERCANTIL, INTERRUPCION DE LA.

Al establecer el artículo 1041 del Código de Comercio, que la prescripción se interrumpirá por la demanda u otro cualquier género de interpelación judicial hecha al deudor, el legislador asimila la demanda a una interpelación judicial, y es claro que la similitud sólo existe entre la demanda notificada y la interpelación, y no entre ésta y la demanda solamente presentada ante los tribunales correspondientes.

Amparo civil directo 5921/36. Pizarro Suárez Francisco. 21 de enero de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.