Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 21 de 29
Mostrando solo tesis del 22/01/1938
Tesis
Registro digital: 356939
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 22/01/1938 00:00
NOVACION, INEXISTENCIA DE LA.

Si la presunción establecida por el contrato de arrendamiento, en favor del arrendador, en el sentido de que el arrendatario continuó ocupando la finca arrendada, con posterioridad a la terminación del contrato respectivo, queda desvirtuada con otra presunción contraria, fundada en hechos reales y precisos, que demuestran que el arrendatario dejó de ocupar el local arrendado, desde la fecha del vencimiento del contrato, en que con la anuencia del arrendador lo ocupó un tercero, el reconocimiento de este hecho por la autoridad judicial, no implica la procedencia de una excepción de novación, ni afirma la existencia de un contrato de arrendamiento entre el arrendador y el tercero, a partir de la fecha en que éste ocupó el local, puesto que no fundándose la acción en el contrato mismo, si no en el hecho de que el arrendatario ocupó determinado tiempo la finca que primitivamente había recibido en arrendamiento, no hay necesidad de aludir a una novación de ese contrato o a la celebración de uno nuevo, independiente del anterior para establecer simplemente el hecho de que el arrendatario no ocupó el local que originariamente le fue arrendado durante las mensualidades que se exigen de su fiador.

Amparo civil directo 4072/36. Alcázar Luis. 22 de enero de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.