Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 357063
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 02/03/1938 00:00
PRUEBAS DE PRESUNCIONES, VIOLACION DE LAS.

Si de la concatenación de todas las probanzas corroboradas por la circunstancia negativa de que el demandado no se hubiere excepcionado ni rendido pruebas, en el sentido de que otra persona hubiera intervenido en la atención y defensa de un litigio, se acredita plenamente la existencia del vínculo contractual entre actor y demandado, para la prestación de los servicios profesionales a que alude el actor en su demanda y para la realización de éstos, al no estimarlo así la autoridad judicial, aprecia los hechos que se infieren de las pruebas rendidas, contra toda lógica, contraviniendo en consecuencia, las reglas que rigen la prueba presuntiva rendida por el actor, y debe concederse la protección federal, ya que la apreciación hecha por el juzgador, es contraria a los estatutos legales que rigen la prueba, y por ende, violatoria del artículo 14 constitucional.

Amparo civil directo 4128/37. Aguirre Benavides Adrián. 2 de marzo de 1938. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.