Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 357087
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 10/03/1938 00:00
PRUEBA, CARGA DE LA.

El problema que consiste en determinar en un proceso dado, a quien incumbe la carga de la prueba, se plantea cuando no existe prueba de especie alguna, tendiente a demostrar los hechos en que debe fundarse la resolución; es decir, si en un proceso no se ha rendido prueba, o la que se adujo no es suficiente para acreditar los hechos sujetos a debate, como el juzgador no puede excusarse de resolver en el juicio, ni tampoco absolver de la instancia, surge la necesidad de establecer a cuál de las partes debe parar perjuicio por la falta de la prueba; pero este problema propiamente no se plantea cuando existen elementos de prueba en el proceso, bastantes para establecer la existencia o inexistencia de los hechos debatidos, ya que no debe perderse de vista que el fin que persiguen las normas procesales, es verificar la verdad de los hechos controvertidos y la correcta aplicación del derecho.

Amparo civil directo 88/36. Crédito Español de México, S.A. 10 de marzo de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.