Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 357144
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 24/03/1938 00:00
POSESION, PRUEBA DE LA. (LEGISLACION DE GUERRERO).

Si el artículo 1228 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guerrero, admite que se ofrezca información sumaria, a falta de planos y documentos, para fijar los linderos de unas obras, al practicar la diligencia de apeo, resulta inconsecuente descartar como prueba el acta de posesión de las tierras dadas a los vecinos de un pueblo, invocando su falta de registro, como si se pretendiera desconocer derechos que hubiese adquirido un tercero, ignorando la posesión de que disfrutaba el pueblo, toda vez que el objeto de esa acta en el juicio de apeo, se relaciona con la posesión, que puede demostrarse con una información testimonial, sin exigir requisito alguno de publicidad basada en la inscripción en el Registro Público de la Propiedad.

Amparo civil directo 7231/36. Vecinos del Pueblo de San Jerónimo Atzacualoya, Distrito de Alvarez, Guerrero. 24 de marzo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Pérez Gasga no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.