Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 357285
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 16/11/1937 00:00
SIMULACION, PRUEBA DE LA.

La doctrina en general, está de acuerdo en que debe exigirse la prueba de la simulación, cuando se trate de controversia entre los contratantes, por medios probatorios distintos de las presunciones, y que sean, generalmente, preconstituidas o contemporáneas de los hechos, haciendo la misma doctrina una distinción, tratándose de la simulación, cuando la controversia surge entre las partes y cuando es con un tercero; pero aun aceptando que es admisible la prueba presuntiva para demostrar la simulación, cuando se trata de un litigio entre los contratantes y no con un tercero, cuando no existen los elementos de la propia prueba que capaciten para concluir lógicamente la existencia de la simulación, la misma no debe tenerse por demostrada.

Amparo civil directo 1169/37. Wickez Nancy Jane. 16 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.