Si se reclama en amparo la resolución de segunda instancia, que recae en un juicio del orden civil, declarando competente a determinado juzgado, la suspensión debe negarse, puesto que de concederse, traería como consecuencia la paralización del procedimiento judicial, que es de orden público.
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5624/37. Durán Juan B. 19 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.