Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 357500
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 29/07/1937 00:00
INFORME, MULTA QUE DEBE IMPONERSE A LA AUTORIDAD RESPONSABLE QUE NO LO RINDA.

Si en una queja que se promueve ante la Suprema Corte de Justicia, en amparo directo, contra una Sala colegiada del Tribunal Superior de Justicia de un Estado, ésta no rinde el informe respectivo, debe imponerse una multa a cada uno de los miembros que integran la Sala.

Queja en amparo civil 336/37. Mora de Urdanivia Teresa. 29 de julio de 1937. Mayoría de tres votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. Disidentes: Por lo que respecta a los puntos primero y segundo decisorios, Rodolfo Chávez; por lo que ve al punto tercero resolutivo, Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.